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Colegiado nº 20.696 · ICAV/Clientes en España, UE y Reino Unido/Asistencia urgente a detenidos
Rafael Lozano Celdrán
Abogado · Col. 20.696
El despacho
Antes de ser abogado, fui cliente.
Y sé exactamente lo que se siente cuando un asunto que te cambia la vida está en manos de alguien que no te devuelve las llamadas.
Antes de ejercer, viví de cerca la dejadez profesional de otros despachos: la incertidumbre de no saber en qué punto estaba mi asunto, la sensación de ser un expediente más y la duda constante de si aquello se estaba llevando bien.
Esa experiencia es hoy el eje de cómo trabajo. No concibo la abogacía como un trámite: concibo cada procedimiento como si fuera mío o el de un familiar. Con deontología, con ética, y con un respeto por el Derecho que, sencillamente, es amor por esta profesión.
De ahí nacen tres compromisos que no negocio: que sepas siempre en qué fase está tu asunto, que entiendas lo que ocurre sin necesidad de ser jurista, y que nunca te prometa un resultado que el Derecho no permita prometer.
Deontología
Sujeción estricta al Código Deontológico de la Abogacía Española.
Transparencia
Información clara del estado procesal y de los honorarios desde el inicio.
Cercanía
Trato directo con el letrado, no con un intermediario.
Áreas de práctica
Diversas áreas, un mismo criterio de trabajo
Pulsa cada área para ver en detalle los asuntos que se tramitan y su marco normativo de referencia.
Asistencia al detenido y primera declaración
Delitos contra el patrimonio: estafa, apropiación indebida, hurto y robo
Delitos contra la seguridad vial
Lesiones y delitos contra las personas
Delitos societarios y administración desleal
Recursos de apelación, casación y amparo constitucional
Marco: Código Penal (LO 10/1995) y Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Reclamaciones de cantidad e incumplimiento contractual
Responsabilidad civil y daños
Accidentes de tráfico e indemnizaciones
Arrendamientos urbanos y desahucios
Herencias, testamentos y particiones
Propiedad, servidumbres y usucapión
Marco: Código Civil, LEC 1/2000, LAU 29/1994 y Ley 35/2015 (baremo).
Concurso de acreedores voluntario y necesario
Planes de reestructuración
Comunicación de apertura de negociaciones
Calificación del concurso y defensa del administrador
Insinuación y defensa de créditos
Marco: Texto Refundido de la Ley Concursal (RDLeg 1/2020), reformado por Ley 16/2022.
Divorcios de mutuo acuerdo y contenciosos
Guarda y custodia, régimen de visitas
Pensiones de alimentos y compensatoria
Modificación de medidas
Liquidación del régimen económico matrimonial
Parejas de hecho y uniones no matrimoniales
Marco: Código Civil y Ley de Enjuiciamiento Civil (arts. 769 y ss.).
Estudio previo de viabilidad y de la condición de deudor de buena fe
Exoneración del pasivo insatisfecho (EPI)
Exoneración con y sin liquidación del patrimonio
Planes de pagos
Suspensión de ejecuciones y embargos
Marco: TRLC (RDLeg 1/2020), arts. 486 y ss., tras la reforma de la Ley 16/2022.
Solicitud del complemento para reducción de la brecha de género
Reclamaciones de hombres pensionistas por trato discriminatorio
Reclamación previa ante el INSS
Demanda ante la jurisdicción social
Reclamación de atrasos e intereses
Marco: art. 60 LGSS (RDLeg 8/2015), en su redacción por el RDL 3/2021, y doctrina del TJUE en materia de igualdad de trato.
Solicitud y oposición a órdenes de protección
Medidas cautelares civiles y penales
Quebrantamiento de medida cautelar o de condena
Modificación y revisión de medidas
Acompañamiento a la víctima durante el procedimiento
Marco: LO 1/2004, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
Defensa del menor en expediente de reforma
Medidas de internamiento y libertad vigilada
Soluciones extrajudiciales y mediación
Responsabilidad civil de padres y tutores
Procedimientos de protección y desamparo
Marco: LO 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, y LO 8/2021 de protección integral frente a la violencia contra la infancia.
Compraventa y registro de embarcaciones
Contratos de fletamento y arrendamiento náutico
Abordajes, salvamento y averías
Expedientes sancionadores en materia marítima
Accidentes y responsabilidad en actividades náuticas
Marco: Ley 14/2014, de Navegación Marítima.
Método
Cómo se trabaja tu asunto
Un procedimiento no se improvisa. Este es el recorrido que sigue todo expediente en el despacho.
I.
Estudio inicial
Análisis de los hechos, del estado procesal y de los plazos. Valoración honesta de las opciones reales.
II.
Estrategia
Definición de la línea de actuación: prueba a proponer, alegaciones y calendario de plazos.
III.
Tramitación
Presencia en cada diligencia y comunicación constante de cada resolución que se dicte.
IV.
Resolución y recursos
Ejecución de lo obtenido o preparación de la vía de recurso, hasta el Tribunal Constitucional si procede.
Actualidad jurídica
Novedades legislativas y jurisprudenciales
Comentarios breves sobre reformas y resoluciones con impacto práctico para clientes y profesionales.
Por qué nosotros
Una ciudad abierta al mundo, un despacho que la acompaña
València es hoy una ciudad en expansión: multicultural, abierta y con un número creciente de visitantes que regresan cada año. Algunos, sencillamente, deciden quedarse.
Esa realidad trae consigo una necesidad concreta: cuando algo va mal durante una estancia —un accidente, un robo, una agresión— el afectado suele encontrarse lejos de casa, sin dominar el idioma y sin saber cómo funciona el procedimiento español.
Atendemos en español, inglés, ruso y portugués, de modo que pueda explicar lo ocurrido en su propia lengua y entender, sin intermediarios, qué se está haciendo con su asunto.
Y algo igual de importante: no necesita permanecer en España para que su caso siga adelante. Puede regresar a su país con la tranquilidad de que el procedimiento continúa tramitándose aquí, con información periódica de cada resolución que se dicte.
Atención en su idioma
ES Español
EN English
RU Русский
PT Português
Para otros idiomas, la consulta puede atenderse con intérprete. Indíquelo en el formulario y se organizará.
Se irán incorporando nuevos supuestos a este apartado, con explicación detallada de cómo se tramita cada uno y qué documentación conviene conservar desde el primer momento.
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Denuncias y querellas
Cómo se cuenta lo que pasó importa tanto como lo que pasó
Dos personas sufren los mismos hechos. Una acude a comisaría y relata lo ocurrido como lo recuerda: por orden de importancia emocional, no cronológico. Menciona de pasada que conserva los mensajes. No aporta el parte médico porque «eso ya lo tiene el hospital». Firma y se marcha.
La otra presenta un escrito en el que los hechos aparecen numerados y fechados, cada uno acompañado del documento que lo acredita; la calificación jurídica está identificada; los mensajes van transcritos y aportados en soporte; el parte médico se incorpora desde el primer momento; y se solicitan expresamente las diligencias de instrucción que interesan.
Ambas denuncias son válidas. Pero solo una llega al juzgado en condiciones de ser investigada sin que se pierdan pruebas por el camino.
No se trata de que un abogado garantice el resultado —eso no lo puede prometer nadie, y quien lo haga miente—. Se trata de que el asunto entre en el procedimiento con todo lo que necesita para ser examinado a fondo: los hechos ordenados, la prueba propuesta a tiempo y los plazos controlados.
Próximamente
Modelos y estructura de un escrito de denuncia
En preparación: guía sobre cómo se estructura una denuncia y una querella, con los apartados que no deben faltar y los errores más frecuentes al redactarlas.
Compliance
Canal de denuncias · Sistema interno de información
Gestión externalizada del canal de informantes conforme a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Para empresas y entidades
La Ley 2/2023 obliga a determinadas entidades a disponer de un sistema interno de información. El despacho puede asumir la condición de gestor externo del canal, garantizando independencia en la tramitación.
Diseño e implantación del sistema interno
Designación de responsable del sistema
Tramitación e investigación de comunicaciones
Protección del informante frente a represalias
Elaboración del procedimiento y del libro-registro
Si desea comunicar una infracción en el marco de un canal gestionado por este despacho, puede hacerlo por los medios habilitados a continuación. La comunicación puede realizarse de forma anónima.
ÁmbitoAsesoramiento y defensa en Derecho español, con atención a clientes residentes en la Unión Europea y el Reino Unido. Libre prestación de servicios en la UE conforme a las Directivas 77/249/CEE y 98/5/CE.
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Atender las consultas y solicitudes de información formuladas a través de los formularios del Sitio Web; gestionar la relación contractual con clientes; y, en su caso, el envío de comunicaciones si se solicita expresamente
Legitimación
El consentimiento de la persona interesada (art. 6.1.a RGPD); la ejecución de un contrato o de medidas precontractuales (art. 6.1.b RGPD) cuando se trate de la prestación de servicios jurídicos; y el cumplimiento de obligaciones legales (art. 6.1.c RGPD) derivadas de la normativa fiscal, mercantil y deontológica aplicable a la abogacía
Plazo de conservación
Los datos de clientes con encargo profesional formalizado se conservan mientras dure la relación contractual y, finalizada esta, durante el plazo de prescripción de la responsabilidad civil profesional del abogado, fijado en 5 años por el art. 1964.2 del Código Civil (tras la reforma de la Ley 42/2015); en asuntos penales, hasta el agotamiento de los plazos de recursos, revisión de sentencia o responsabilidad civil derivada de delito, cuando sean superiores. La documentación mercantil y fiscal (facturas, minutas) se conserva 6 años conforme al art. 30 del Código de Comercio. Los datos de consultas que no lleguen a formalizar un encargo se conservan 1 año desde la última interacción, salvo consentimiento expreso para un plazo distinto
Destinatarios
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Deber de secreto
Los datos relacionados con asuntos jurídicos quedan amparados por el deber de secreto profesional propio de la abogacía y por la protección reforzada del art. 542.3 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial
Derechos de las personas interesadas
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Última revisión de esta Política: 27 de septiembre de 2026.
Asistente del despacho
Orientación inicial
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